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VOTAR POR CORREO

Tienes hasta el 18 de mayo para enviar tu voto, siempre certificándolo, gratuitamente, en cualquier Oficina de Correos.

www.pp.es | 30-03-2011

Voto por correo

Voto por correo

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Si no puedes estar o no vas a estar en tu país o región, o alguna enfermedad te impide votar en las próximas elecciones del día 22 de mayo, puedes solicitar personalmente en cualquier Oficina de Correos el impreso para hacer que tu voto cuente.

Rellena y firma el impreso. Entrégalo personalmente en cualquier Oficina de Correos. No olvides tu DNI.

Del 2 de Mayo al 15 de Mayo

Recibirás en el domicilio indicado toda la documentación necesaria para votar. No olvides que debes recibirla personalmente y con tu DNI, ya que te llegará certificada.

La documentación que te envía la OCE de tu provincia:

?Sobres de votación.
?Papeletas de todos los Partidos. Municipales y Autonómicas.
?Certificado de estar inscrito en el Censo.
?Sobre para enviar tu voto, en dicho sobre estará impreso tu colegio, sección y mesa donde te corresponde votar.

Hasta el 18 de Mayo

Tienes hasta el 18 de mayo para enviar tu voto, siempre certificándolo, gratuitamente, en cualquier Oficina de Correos.

No introduzcas el Certificado de estar inscrito en el Censo dentro de los sobres de votación con las papeletas.

No será válido tu voto. Introdúcelo suelto, dentro del sobre dirigido a tu mesa electoral.

Personas impedidas

Certificado Médico Oficial, en el que constarán las causas que le Impide votar Personalmente. El impreso puedes recogerlo gratuitamente en el Colegio Oficial de Médicos de tu provincia.

Poder Notarial, justificando su incapacidad para votar y por el que designa a la persona elegida por el votante para que le represente y se ocupe de tramitar su petición de Voto por Correo.

La Misión del Representante consiste en:

Presentar en Correos el Impreso de Solicitud de la persona impedida, que firmará en presencia del Funcionario, exhibiendo el representante su DNI original.

A este impreso le acompañará el Certificado Médico cumplimentado y el Poder Notarial correspondiente, mencionado anteriormente.

Una vez recibida la documentación por la persona enferma o impedida, que le entregará el cartero personalmente, el representante seguirá las instituciones expuestas por Voto por Correo.

Tanto el Certificado Médico como el Poder Notarial son gratuitos.

Documentos adjuntos

Documento en el que se describen los pasos necesario para votar por correo.
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